| El TS confirma la multa a Caixanova por incumplimiento de las medidas para prevenir el blanqueo |
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La sanción, impuesta por el Ministerio de Economía y Hacienda en febrero de 2005 y ratificada por la Audiencia Nacional, asciende a 600.000 euros. La sentencia destaca que la entidad no comunicó operaciones sospechosas al SEPBLAC a pesar del aviso de los empleados Madrid. (EUROPA PRESS).- El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la multa de 600.000 euros que el Ministerio de Economía y Hacienda impuso en febrero de 2005 a la Caja de Ahorros de Vigo, Ourense y Pontevedra (Caixanova) por no cumplir las medidas establecidas para la prevención del blanqueo de capitales. En una sentencia hecha pública este martes, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal destaca la existencia de "sólidos y razonables elementos" que acreditan que la entidad financiera incumplió la obligación de comunicar al Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) que se habían llevado a cabo operaciones supuestamente delictivas. Aviso de los empleados En relación con la infracción más grave, la relativa a la falta de comunicación a la autoridad ministerial, la sentencia destaca que en el caso analizado concurrieron "elementos indiciarios sobre la razonable apariencia o visos que harían dudar de la corrección de las operaciones descritas y justificarían su eventual relación con el blanqueo de capitales". Con respecto a las otras tres sanciones, consideran que, tal y como esgrimió la Abogacía del Estado, no pueden ser recurridas en casación porque no superan la cuantía de 25 millones de pesetas (150.000 euros) que la citada ley estableció para poder interponer un recurso de estas características. La Vanguardia. 17 de agosto de 2010. |
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El TS confirma la multa a Caixanova por incumplimiento de las medidas para prevenir el blanqueo
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